No queremos comenzar el post sin antes deciros, ¡ GRACIAS !. Gracias por confiar en nosotros año tras año. Gracias a todas las familias que han elegido el Hotel Carlton para celebrar las navidades en nuestra/vuestra casa. Gracias a todas las parejas que nos han dejado pasar a formar parte de su historia y gracias a todas las futuras parejas que continúan eligiendonos.

Estamos agradecidos y sorprendidos con vuestra acogida en nuestro blog, Las Bodas del Carlton, que recoge ya miles de visitas y seguidores. La entrada que registro más visitas el pasado año fue Vuestra Ceremonia Civil en el Hotel Carlton. Por ello queremos hacer una reseña especial a las bodas civiles. TOMAR NOTA !!
Son diferentes los motivos que llevan a una pareja a decantarse por ceremonia civil ó religiosa. Es una decisión muy personal de cada pareja.
En el Hotel Carlton contamos con diversos salones, los cuales se adaptan a la perfección para la celebración de vuestra ceremonia civil.

El personal del Hotel estará a vuestra entera disposición para ayudaros en todo lo que necesitéis.
Creemos que estos pasos os pueden resultar de gran ayuda si tenéis pensado realizar una ceremonia civil. Se trata de los tramites y pasos que tendréis que dar y algo de información general sobre la normativa vigente.
1. Antes de nada, debéis acudir al Registro Civil de la ciudad en la que viváis para iniciar los trámites necesarios.
Deberéis llevar la siguiente documentación:
– Fotocopia del DNI, pasaporte o tarjeta de residencia.
– Certificado de nacimiento expedido en el registro civil del lugar de nacimiento.
– Certificado de residencia o empadronamiento (se solicita al Ayuntamiento de la población en la que has residido en los dos últimos años).
– Certificado de soltería (te darán un formulario en el registro civil para que dejes constancia de tu estado civil).
* Si uno de los contrayentes es viudo, deberá presentar el certificado de matrimonio anterior y el de defunción del cónyuge anterior.
* Si uno de los contrayentes es divorciado, deberá presentar el certificado del matrimonio anterior y su posterior divorcio.
2 Rellenar la instancia.
Una vez que tengáis toda la documentación, tendréis que rellenar la instancia en el Registro Civil. A partir de ahí, se iniciará la tramitación de vuestro expediente. Os darán una cita para recoger el auto favorable a vuestro matrimonio.
3 ¿Dónde celebrar la boda?
El acto de casamiento podrá celebrarse en la sede del registro civil, en una junta de distrito o en el Ayuntamiento. Si tienes suerte, y conseguís convencer a alguien con poderes para celebrar el matrimonio, por ejemplo, a un concejal de tu Ayuntamiento, puedes elegir otro emplazamiento. Dependiendo del lugar que elijan los contrayentes, así será el protocolo.
4 Si decidís casaros en el Registro
Si optáis por que el matrimonio se celebre en el propio Registro, los trámites serán sencillos. El día que tengáis cita deberéis acudir acompañados de dos testigos (recuerda que no pueden ser familiares y deben ser mayores de edad).
5 En el Ayuntamiento.
Si preferís el Ayuntamiento, tendréis que esperar a que el servicio de protocolo os de cita.
6 La ceremonia
En todos los casos, la ceremonia se desarrolla del mismo modo. La persona que actúa como juez leerá los artículos 66, 67 y 68 del Código Civil. Seguidamente, preguntará a los contrayentes si consienten en contraer matrimonio. Si ambos responden afirmativamente, dará validez al matrimonio.
7 Será necesario firmar el acta de matrimonio.
Posteriormente, el oficiante extenderá acta del matrimonio con su firma, la de los contrayentes y sus testigos y la enviará al registro civil (en el caso que la boda se celebre en otro emplazamiento).
8 ¿ Quién puede oficiar una ceremonia Civil ?
según los artículos 49 y 51 del Código Civil español, los enlaces que se celebran por esta vía podrán ser oficiados por las siguientes personas:
El juez encargado del Registro Civil.
El alcalde del municipio en el que celebres la boda.
El concejal delegado por el Alcalde para esa función.
Los funcionarios diplomáticos encargados del Registro Civil en el extranjero.
Notarios El 1 de Agosto de 2014, el gobierno aprobó la Ley de Jurisdicción voluntaria que permitirá casarse ante notario. Si quieres ver el contenido completo de la ley, puedes visitar este enlace (lo relacionado con el matrimonio ante notario, aparece a partir de la página 51). Según establece la disposición final vigésima, la ley entrará en vigor el 15 de julio de 2015
El capitán o comandante de naves o aeronaves si el enlace se celebra en el interior de algún buque o avión.
Maestro de Ceremonias Si estás pensando en contratar los servicios de un maestro de ceremonias, es importante que sepas que el matrimonio que oficie será simbólico, no tendrá validez legal. Para que el casamiento sea válido será necesario que tú pareja y tú paséis previamente por el juzgado.
Lo bonito en todos los casos es personalizar la ceremonia y hacerla vuestra de verdad. Nuestro consejo disfrutar cada minuto desde que decidís dar el paso. Los preparativos también hay que disfrutarlos.
Durante este año hemos querido tratar y desarrollar diferentes temas de interés del mundo nupcial. Con un prisma diferente.

Tratamos temas sugeridos por vosotros, nuestro equipo. Como elegir el espacio para vuestra boda, Ideas para personalizar vuestra boda y os mostramos bodas reales celebradas en el Hotel Carlton, Como la de J&A, E&C, L&J… y todas las que nos quedan por mostraros este 2016.
A continuación os dejamos las entradas con mayor repercusión en el 2015.
- 2º Una boda preciosa en el Hotel Carlton.
- 3º La Boda de J&A
- 4º Letras gigantes para tu boda.
- 5º Estaciones personalizadas para tu boda.

Pasar una ¡¡ fantástica semana !!. Nos vemos la próxima semana. Mientras estamos encantados que vengáis a ver todo lo que el Hotel Carlton y su equipo puede ofreceros Reservar vuestra cita en lasbodasdelcarlton@aranzazu-hoteles.com.
Gracias de verdad por confiar año tras año en el Hotel Carlton un día tan especial en vuestras vidas. Nos vemos.